Tramite para Jubilación Automática
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EDAD:
Tener 60 años la mujer y 65 años el Hombre
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APORTES:
No tener ningún aporte hecho al momento o que les falten algunos
aportes para llegar a los 30 años requeridos para tramitar el
beneficio.
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CONSEGUIR:
Clave Fiscal en alguna de las Agencias de AFIP (La otorgan
gratis con DNI y fotocopia de DNI) e ir a ANSES a acreditar los
datos (con DNI y fotocopia de DNI)
* Clave fiscal y acreditación de datos son tramites personales,
lo hace el titular del beneficio.
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“COMPRAR”:
los años que falten
para tramitar la jubilación por medio de la MORATORIA vigente.
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Tramite de Jubilación (Retiro) por
Invalidez
Es una prestación que se abona a todo afiliado al Sistema,
cualquiera fuere su edad o antigüedad en el servicio, que se
incapaciten física o intelectualmente en forma total para el
desempeño de cualquier actividad compatible con sus aptitudes
profesionales, siempre que la incapacidad se hubiera producido
durante la relación laboral.
IMPORTANTE
Previo a iniciar el trámite deberá haber acreditado ante ANSES
sus datos personales, y los datos de sus relaciones familiares
en la Base de Datos de Personas (ADP), mediante la presentación
de la documentación que corresponda en cada caso.
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Tramite por Jubilación por Edad Avanzada
La finalidad de esta prestación es brindar cobertura aquellos
afiliados de 70 o más años que tengan imposibilidad de acreditar
los años de servicios exigidos para obtener una Jubilación (PBU,
PC y PAP).
Consideraciones generales:
* El goce de la Prestación por Edad Avanzada es incompatible con
la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o
militar, nacional, provincial o municipal.
* No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre que
se renuncie a las otras prestaciones.
PLAN DE
PRE-OTORGAMIENTO:
Las personas afiliadas al Régimen Previsional Público podrán
iniciar el trámite de otorgamiento de su jubilación con ciento
veinte (120) días corridos - a partir del 01/03/2002 - de
anticipación a la fecha en que cumplieren la edad requerida para
la obtención del beneficio.
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Tramite para Jubilación Ordinaria
Es una prestación que otorgan las Administradoras de Fondos
de Jubilaciones y Pensiones y su haber surge del saldo de la
cuenta de capitalización individual del afiliado.
La jubilación ordinaria puede cobrarse mediante las siguientes
modalidades:
* Renta Vitalicia Previsional
La Renta Vitalicia Previsional la contrata el afiliado con una
Compañía de Seguros de Retiro. Esta Compañía le pagará su
Jubilación Ordinaria con esta modalidad, que se caracteriza por
consistir en una suma constante hasta que el afiliado y sus
derechohabientes fallezcan.
* Retiro Programado
El Retiro Programado es una modalidad que cada afiliado pacta
con la Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones en
la que se encuentra inscripto. La misma consiste en un retiro
mensual de un monto que fija y determina previamente en forma
anual, de acuerdo al fondo que tenga depositado la persona en su
cuenta de capitalización.
* Retiro Fraccionario
El Retiro Fraccionario igual que la anterior modalidad, la
acuerda el beneficiario con la Administradora de Fondos de
Jubilaciones y Pensiones, pero sólo cuando aquél tenga derecho a
un haber inferior al cincuenta por ciento (50%) de la máxima
Prestación Básica Universal (PBU). En dichas condiciones, tiene
derecho a la percepción de un haber equivalente a ese
porcentaje, hasta agotar el saldo de la cuenta individual de
capitalización. >>
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